Canal de Denuncia

Canal Ético

El Ayuntamiento de Zarratón desea establecer una cultura de transparencia, ética y tolerancia cero ante conductas que puedan suponer un incumplimiento de la legislación aplicable o de la normativa interna.

¿Qué es el Canal Ético?


El Canal Ético
es un sistema interno de comunicación a disposición de todo el personal del Ayuntamiento, así como aquellos que mantienen relación con él (usuarios, ciudadanos, proveedores, etc.) y cualquier otro grupo de interés, para poder informar acerca de los incumplimientos relacionados con los principios y valores de la Entidad.

Esta herramienta garantiza el cumplimiento de los principios de confidencialidad, no represalias, información del procedimiento, y protección de datos personales, así como salvaguarda los derechos a la intimidad, a la defensa y a la presunción de inocencia de las personas investigadas.

Acceso al Canal Ético 

La forma preferente de presentación de denuncias es el formulario habilitado: Formulario de la parte inferior de esta página.

No obstante, las denuncias se podrán realizar por escrito, correo postal, verbalmente en persona o vía telefónica o mediante sistema de mensajería de voz.

Si así se desea, la denuncia puede formularse de forma anónima, este tipo de denuncias, implican que el nivel de detalle de la comunicación realizada debe ser lo suficientemente exhaustivo para su admisión a trámite.

Contenido de la denuncia

Las comunicaciones dispondrán mínimo del siguiente contenido, sin perjuicio de que determinados apartados sean voluntarios

  • Si no es anónima, Identificación del informante: nombre y medio de contacto ya sea a través de correo electrónico o teléfono con el fin de recabar más información si ello fuera necesario y mantenerle informado del estado de la denuncia.
  • Identidad del denunciado: en caso de conocer su identidad, nombre y apellidos, así como aquellos otros datos que se conozcan y se consideren relevantes para la identificación
  • Motivo de la denuncia: descripción de los hechos o circunstancias que a criterio del informante constituyen un incumplimiento o irregularidad.
  • Evidencias concretas que den soporte a la denuncia: todos aquellos documentos de los que se disponga que soporten el hecho denunciado.

Admisión / Inadmisión a trámite de la denuncia

Una vez recibida la denuncia el Comité de Ética del Ayuntamiento de Zarratón, la estudiará y tramitará.
  • Admisión a trámite: Sólo se admitirán a trámite aquellas denuncias que expongan de forma clara y evidente, o que faciliten información suficiente para poder investigar, hechos constitutivos de una infracción, irregularidad o incumplimiento de la normativa legal vigente, las políticas, normas, códigos o cualquier otro procedimiento interno.
  • Inadmisión a trámite: No se admitirán a trámite aquellas denuncias que no contengan toda información requerida, no sean constitutivas de infracción o incumplimiento o no aporten la suficiente claridad o detalle para determinar si existe una potencial irregularidad.
Tanto en el caso de que la denuncia haya sido admitida como inadmitida, se comunicará dicha circunstancia al informante si este ha facilitado una forma de comunicación. En caso de inadmisión de la denuncia, el denunciante podrá considerar reformular la denuncia o utilizar otras vías alternativas legales que considere adecuadas, incluidos los canales externos de denuncia.

Garantías del Canal y del proceso de investigación

Todas las denuncias que se reciban a través de los canales internos de recepción de información cumplirán los siguientes principios y garantías:
  1. Medidas de seguridad: el Sistema interno de información contará con las medidas de seguridad técnicas y organizativas adecuadas para evitar el riesgo de divulgación, indisponibilidad y pérdida o destrucción de la información, es decir, se garantizará la confidencialidad, disponibilidad e integridad de las denuncias recibidas.
  2. Confidencialidad: Se garantizará la confidencialidad de la identidad del informante, del denunciado, personas afectadas y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como de los hechos que se mencionen, teniendo acceso a la comunicación tan solo el personal autorizado.
  3. Protección de datos personales: el tratamiento de datos personales se realizará de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos.
  4. Respuesta diligente y motivada: las comunicaciones serán contestadas respetando los plazos establecidos.
  5. Ausencia de conflictos de intereses: las comunicaciones recibidas serán tratadas de forma imparcial y objetiva, atendiendo a la realidad de hechos concretos y, en su caso, evitando conflictos de intereses.

Garantías y Derechos de los Informantes

Los informantes contarán con los derechos de confidencialidad de su identidad, anonimato en la realización de la denuncia y no represalias. El Comité de Ética, y en su caso otras personas u órganos competentes, establecerán las acciones de seguimiento oportunas para velar por el cumplimiento de estas garantías.

Garantías y Derechos de los Denunciados

Los denunciados contarán con los derechos de confidencialidad, presunción de inocencia, información, derecho a declarar, presentar pruebas y a asistencia, y derecho a un procedimiento justo. El Comité de Ética, y en su caso otras personas u órganos competentes, establecerán las acciones de seguimiento oportunas para velar por el cumplimiento de estas garantías.

Canales externos de Información

Canales externos de información: Canales creados en el seno de las entidades y autoridades competentes a través de los cuales los Informantes pueden comunicar infracciones, con independencia de si se ha utilizado el Canal Ético o no.

  1. Nivel europeo
  • Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF):

Permite la presentación de Comunicaciones, incluso anónimas, a través de los siguientes cauces:

o En línea: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm

o Por correo postal a la siguiente dirección: European Commission - European Anti-Fraud Office (OLAF)1049 Brussels, Bélgica

  • Fiscalía Europea (EPPO):

Permite la presentación de Comunicaciones a través del siguiente enlace no admitiéndose las anónimas: https://www.eppo.europa.eu/es/form/eppo-report-a-crime

  1. Nivel nacional
  • Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA)

Permite la presentación de Comunicaciones a través del siguiente enlace no admitiéndose las anónimas: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/inicio.aspx

  • Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (pdte. creación 231108)

Te escuchamos

    Fecha del Suceso *
    Formatos admitidos: .pdf|.doc|.jpg|.jpeg|.gif|.png Tamaño Máx. 2MB